Claves de la Ley de Crédito Inmobiliario 2019
El fin de esta ley persigue la protección de las personas físicas que sean deudores, fiadores o garantes, de préstamos que estén garantizados mediante hipoteca u otro derecho real de garantía sobre bienes inmuebles de uso residencial o cuya finalidad sea adquirir o conservar derechos de propiedad sobre terrenos o inmuebles construidos o por construir.
Entrará en vigor el 17 de Junio de 2019
Se basa en tres aspectos
- Normas de transparencia y de conducta que imponen obligaciones a los prestamistas e intermediarios de crédito, así como a sus representantes designados;
El artículo 14 establece los documentos que debe entregar el prestamista al prestatario con una antelación mínima de 10 días respecto a la firma del contrato. Esta documentación consiste en:
- La FEIN (ficha europea de información normalizada), que tendrá la consideración de oferta vinculante
- La Ficha de Advertencias Estandarizadas, en la que se ha de informar de las cláusulas relevantes, como las relativas a la limitación a la baja de la variabilidad del tipo de interés (suelo), la posibilidad de vencimiento anticipado, la distribución de los gastos o los riesgos de los préstamos en moneda extranjera;
- En los créditos a interés variable se entregará también un documento separado con referencia a las cuotas periódicas en diferentes escenarios de evolución de tipos de interés;
- La copia del proyecto del contrato.
- Información completa de los gastos (tasación, notaria, gestoría, etc…)
- Régimen jurídico de los intermediarios de crédito inmobiliario y los prestamistas inmobiliarios;
- Régimen sancionador para los incumplimientos de las obligaciones contenidas en la misma.
Las claves más importantes de la nueva ley son:
- Gastos: Los bancos asumirán todos los gastos de formalización de las hipotecas, entendiendo por ellos notaría, gestoría, registro de la propiedad y el impuesto hipotecario. No se incluye el gasto correspondiente a la tasación de la finca.
- Asesoramiento notarial: El cliente deberá tener acceso al borrador de hipoteca, al menos diez días antes a la elevación a público y debe recibir asesoramiento de forma gratuita del notario interviniente, quien se asegurará de que entiende todas las cláusulas de la escritura, mediante acta notarial.
- Abaratamiento de las comisiones de amortización: Para hipotecas variables, la cancelación de deuda conllevará una comisión del 0,25% sobre lo amortizado a partir del 3º año o del 0,15% a partir del 5º. Para hipotecas de tipo fijo, se establece un máximo del 2% sobre lo amortizado durante los primeros 10 años del préstamo. A partir del decimo año se establece un máximo del 1,5%.
- Abaratamiento de las comisiones de conversión: la conversión de hipotecas de tipo variable a tipo fijo, la nueva Ley fija un máximo el 0,15%
- Desahucios: El proceso de ejecución, previo al desahucio no puede iniciarse por el banco hasta que el cliente impague 12 cuotas o el equivalenteal 3% del principal del préstamo durante la primera mitad de vida del mismo
- Subrogaciones: Los costes generados por el traslado, se prorratearán entre las dos entidades financieras. La base imponible del impuesto será la deuda que queda por devolver más los intereses.
- Productos bancarios accesorios: Se prohíbe al banco ligar la concesión del préstamo a la contratación de productos pero si se permite condicionar el abaratamiento de la los intereses por vinculación a productos contratados al banco.
- Hipoteca verde: Las viviendas eficientes energéticamente y/o que usan energías renovables se podrán acoger a la llamada hipoteca “verde” que estarán exentas del pago del impuesto.
- Clausulas suelo: quedan prohibidas
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