Límite de pagos en efectivo : 1.000€
El pasado 10 de Julio de 2021 se aprobó la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. En lo que a nuestro sector se refiere, lo más significativo y aplicable es la reducción de pago en efectivo de los 2.500€ a los 1.000€ cuando una de las partes se trate de empresario o profesional.
En el artículo decimoctavo dice textualmente:
“No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera”
Entendemos por empresario o profesional aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollan una actividad económica y adquiere, entrega o presta bienes y servicios en el desarrollo de dicha actividad.
El límite entre personas físicas está fijado en 10.000€.
¿Qué sanción tiene el incumplimiento de esta norma?
- En primer lugar la base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo por encima de los 1.000€ o 10.000€ según se trate de empresario/profesional o persona física, respectivamente
- La sanción será el 25% de la base
En Comunidades del Sur nos mantenemos al día en todas en todas las leyes que puedan afectar a nuestro sector y a la seguridad de nuestros clientes. ¡Confía en un equipo formado!